Además sobre prestaciones de salud para personas no vacunadas
El COE Catamarca informa que el Poder Ejecutivo de la provincia firmó el decreto restableciendo restricciones determinadas para contener el brote de COVID19 registrado en las últimas dos semanas epidemiológicas.
Las medidas empezarán a regir desde las 00 horas del día 29 de diciembre de 2021.
En primer lugar, se dispuso retomar la restricción de circulación en todo el territorio provincial entre las 3.30 y las 6 horas, todos los días, exceptuando a quienes estén debidamente habilitados para trabajar en esa franja horaria.
En segundo lugar, se dispuso suspender a partir del 29 de diciembre de 2021 y hasta el día 9 de enero de 2022 inclusive, todas las actividades de gran exposición o eventos masivos. Se entiende por los mismos aquellos que superen las 300 personas al aire libre y en espacios cerrados públicos o privados, recitales, festivales, conciertos, boliches, bailes o eventos recreativos en lugares eventuales o extraordinarios (fincas, estancias, etc.)
En tercer lugar, el decreto dispone que a partir del 29 de diciembre y hasta al 9 de enero de 2022 determinadas actividades sociales contarán con la restricción de aforo pudiendo funcionar solamente hasta las 3 de la mañana. Esta medida corre para:
- Bares, restaurantes, locales gastronómicos y afines con o sin espectáculos con un aforo del 70% en espacios cerrados y un aforo del 100 % en espacios abiertos.
- Salones de eventos debidamente habilitados con un aforo del 50% en espacios cerrados y un aforo del 70% en espacios abiertos, y hasta un máximo de doscientas (200) personas.
En cuarto lugar, se ratifica la obligatoriedad del uso del barbijo en espacios cerrados y se recomienda su uso al aire libre, cumpliendo con todos los protocolos sanitarios.
Sobre prestaciones de salud para personas no vacunadas
El Poder Ejecutivo firmó hoy el decreto para disponer que las personas que no tengan el esquema completo de vacunación contra Coronavirus (COVID19) quedan exceptuadas de los beneficios del régimen “Prestaciones Médicas - Especial COVID19â€, creado por el Gobierno de la provincia durante la primera etapa de la pandemia.
Esto quiere decir que los gastos del tratamiento e internación por la enfermedad en el sistema público, en caso de ser diagnosticados como positivos para COVID19, correrán por cuenta propia sin tener asistencia financiera del Estado. Â
No obstante, de esta medida quedan exceptuadas las personas que puedan demostrar fehacientemente que la falta de vacunación contra COVID19 obedece a razones médicas y/o de fuerza mayor debidamente acreditadas.
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Digital San Fernando